Cosas que nunca podré (a)firmar…

El espíritu cívico frente al interés político (part.1)

Marzo 18, 2008 · Dejar un comentario

Dice la Ley que los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia “mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales”. En esencia, este derecho persigue que el ciudadano tenga acceso a los tribunales para, él mismo, defender su posición. Eso que muchos llaman espíritu cívico.  

Lo que no dice es que la decisión de ejercitar ese Derecho corre a cuenta de los recursos y la salud de uno mismo. Y, aún así, algunos ciudadanos investidos del arrojo de David cuando decidió enfrentarse a Goliat ejercen ese derecho hasta obtener recompensa. Juan Marco Molinés es uno de ellos. Él sólo ha conseguido que el Tribunal Supremo reconozca -tras 17 años de litigio- que la rehabilitación del Teatro Romano de Sagunto fue ilegal por “reconstruir sobre ruinas y ocultarlas” 

A principios de la década de los 90, el entonces conseller de Cultura, Cipriá Ciscar, firmó con el alcalde de Sagunto, García Felipe, una resolución para iniciar obras de rehabilitación en las ruinas del Teatro Romano de Sagunto. El edificio, cuya construcción se data a mediados del siglo I d.c., fue parcialmente destruido durante la Guerra de la Independencia en 1811 al demolerse su parte alta para facilitar el acceso de los cañones al Castillo de la citada población, convertido en plaza militar.  

Los restos arqueológicos se declararon Monumento Nacional el 26 de agosto de 1896 y, desde entonces, ha sufrido sucesivas restauraciones especialmente el siglo XX que no consiguieron dar una imagen fiel de la unidad arquitectónica del teatro, convirtiéndose en intervenciones parciales y puntuales que distorsionaron su estructura primitiva.  

En este contexto se impulsa el proyecto de rehabilitación de Cipriá Ciscar que en 1993 sería paralizado y declarado ilegal, como consecuencia de la iniciativa de un ciudadano. El 20 de septiembre de 1990, el abogado Juan Marco Molinés interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Conselleria de Cultura en la que se aprobaba rehabilitar el teatro romano de la citada población del Camp de Morvedre. Tres años más tarde, un 4 de mayo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) estimaba el recurso presentado y declaraba ilegales las obras. El letrado pidió entonces la ejecución de la sentencia y la consiguiente demolición de las obras, pero la Generalitat decidió recurrir y, a pesar que el TSJCV tramitó la ejecución de la sentencia, el equipo de gobierno autonómico se opuso a la misma.

El conflicto político, que no legal, obligó al entonces conseller de Cultura, Andreu López, a firmar la resolución para que se paralizasen las obras, si bien, tanto la Generalitat como el consistorio municipal saguntino recurrieron ante el Tribunal Supremo. El dictamen del TS fue rotundo. Ratificaba la paralización de la obra y declaraba nulo el permiso para la rehabilitación, aunque no es hasta octubre de 2000 cuando el alto tribunal confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia autonómico que declaraba ilegales las citadas obras. El Supremo confirmó el fallo y remarcó que la rehabilitación era en realidad “una reconstrucción del mismo y en algunos casos una simple construcción de un teatro romano, al ignorarse la forma que los elementos reales tenían”. 

Doce años después de que Molines presentase su recurso, en mayo de 2002, se anunciaba la demolición de las obras, pero de nuevo el Ayuntamiento de Sagunto trató de dilatar en el tiempo la decisión y recurrió al Tribunal Supremo con otro recurso. Cinco años han pasado. Y el alto tribunal ha vuelto a mostrarse contundente frente a los intentos de la Administración de dilatar en el tiempo la inapelable decisión judicial.

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